Senado aprueba en primera lectura proyecto ley para la administración de bienes incautados

SANTO DOMINGO. – El Senado de la República aprobó este miércoles en primera lectura el proyecto de ley para la Administración de Bienes Secuestrados, Incautados y Abandonados en los Procesos Penales y en los Juicios de Extinción de Dominio, el cual fue aprobado en dos lecturas en la Cámara de Diputados tras las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo.

Esta iniciativa fue presentada por los senadores Félix Ramón Bautista Rosario, Ramón Rogelio Genao Durán y Pedro Catrain Bonilla; por el Poder Ejecutivo; y por los diputados Rafael Tobías Crespo Pérez, Rafael Augusto Castillo Casado, Plutarco Pérez, Miguel Alberto Bogaert Marra, Rogelio Alfonso Genao Lanza y Napoleón López Rodríguez.

Esta iniciativa tiene por objeto establecer un sistema de administración, control, mantenimiento de los bienes que sean incautados, secuestrados o abandonados en el
curso de un proceso penal o de extinción de dominio, respetando siempre el debido proceso, así como su destino final en los casos en que se disponga su decomiso o se
declare la extinción de dominio mediante sentencia definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 51, numeral 6, que reza “la ley establecerá el régimen de
administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, previstos en el ordenamiento jurídico”.

La propuesta es clara al establecer que la finalidad principal de la administración de los bienes incautados, secuestrados o abandonados, será garantizar la conservación y
mantenimiento de estos, en el estado en que hayan sido recibidos y se fundamenta en los principios de transparencia y publicidad, eficiencia y economía, coordinación,
objetividad, igualdad y jerarquía de las normas.

Dispone además, la creación del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (INCABIDE), conformado por un Consejo Directivo y una Dirección Ejecutiva, provisto de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Hacienda, como órgano responsable de la administración y destino de los bienes incautados, decomisados, secuestrados, abandonados o en extinción de dominio.

Bautista Rosario expresó sobre esta pieza que “este es un proyecto de suma importancia para el correcto funcionamiento de la recién aprobada Ley núm. 340-22, del 28 de julio de 2022, que regula el proceso de extinción de dominio de bienes ilícitos, proporcionando un marco jurídico complementario que regule el manejo de los bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, tal y como establece la Constitución.

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