PRM solicita sancionar a FP por violar Ley Electoral al publicar encuesta
SANTO DOMINGO. El delegado político del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Sigmund Freund, solicitó a la Junta Central Electoral sancionar con doscientos (200) salarios mínimos al partido la Fuerza del Pueblo por violación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 2023, al publicar este jueves 16 de mayo una encuesta en espacio pagado.
Una comisión integrada por la vicepresidenta del PRM, Milagros Ortiz Bosch, por Freund, el representante del candidato presidencial Luis Abinader, Manuel Conde, el delegado técnico Robert Arias y el delegado suplente, Dionisio De los Santos, llevó la denuncia a la JCE, donde se señala que se trata de la última encuesta realizada por el consultor Dick Morris, siendo esta publicación como una clara violación a las reglas establecidas en el Art. 216 de la ley 2023, a 3 días para la celebración de los comicios.
El PRM indicó que el artículo 216 de la ley No. 2023 establece que durante los ocho (8) días anteriores al de la votación, queda prohibida la publicación y difusión de sondeos o encuestas electorales.
“Solicitamos que se inicie los procedimientos sancionadores establecidos y se condene al Partido Fuerza del Pueblo al pago correspondiente establecido en el Art.308: La sanción administrativa máxima de doscientos (200) salarios mínimos, por las violaciones a la Ley num. 20-23”, indica el documento.
“El señalamiento que realiza en esta en cuesta es incitador y busca de algún modo movilizar a la población dominicana a votar por su partido, nos parece una práctica desleal que viola principios constitucionales tales como el voto deben ser libre y fuera de toda táctica de coerción o incitación, y / o condicionamiento. Puesto que en tales comunicados públicos se rezan los siguientes lema:
1- En la cuenta de redes sociales Instagram y Facebook: “Elmejor camino para vencer a Abinader”
2- El 19 de mayo, votar por la esperanza es fácil.
3- La Fuerza del pueblo y de la esperanza con Leonel Presidente”, expresa.
También indica que se podrán publicar todas las encuestas realizadas, siempre cumpliendo con los estándares generalmente aceptados sobre la materia.
Y que las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuestas o sondeos a boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Junta Central Electoral, cuyos resultados no podrán ser divulgados hasta tres horas después del cierre de las votaciones.